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Requisitos a cumplir por las personas Jurídicas
ICBC le informa que se han actualizado los requisitos a cumplir por las Personas Jurídicas.
La Resolución 14/2023 de la Unidad de Información Financiera (UIF) actualmente vigente, establece las medidas y procedimientos que debe observar el Sector Financiero y el BCRA en su Texto Ordenado en Materia de Prevención del Lavado de Dinero y otras Actividades Ilícitas; incorporó un nuevo requisito que deberán cumplir las Personas Jurídicas, a saber:
"...conocer la estructura de la sociedad, determinar el origen de sus fondos e identificar a los propietarios, beneficiarios y aquellos que ejercen el control real de la persona jurídica".
A estos fines se entiende por “Propietario/ Beneficiario… a las personas físicas que tengan como mínimo el VEINTE (20) por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica o que por otros medios ejerzan el control final, directo o indirecto sobre una persona jurídica”.
El texto de las referidas normas se encuentra disponible en www.bcra.gov.ar y en www.uif.gov.ar pudiendo ser consultado en Normativa / Comunicaciones y Normativa/ Resoluciones UIF, respectivamente.
Se aclara que el requisito precedente resulta aplicable a los clientes de ICBC previamente a la emisión de las normas mencionadas, por establecerlo nuestra Política Corporativa.