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Atención al usuario financieroNormativa Protección a Usuarios de Servicios Financieros: Caja de ahorro pesos $0, según Comunicación BCRA "A" 5928 - Cuenta corriente pesos Cash (Mantenimiento mensual) $1.238,72  - Transacción por ATM en Red ICBC $0 - Transacción por ATM Red Banelco $124,49  – Transacción por ATM Red Link $132,56   - Comisión por mantenimiento de Cuenta para Tarjetas a partir del 1/3/2022 de Crédito Visa $498,64 -, MasterCard $498,64 - Comisión por Renovación de tarjeta de crédito a partir del 1/3/2022  Visa nacional $5025,74 
Las comisiones incluyen IVA. -  Comisiones

 

 

En atención al acuerdo conciliatorio suscripto en autos “ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) C/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S.A. Y OTROS S/ORDINARIO” (Expte. 35197/2015), en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 9, Secretaría Nro. 18, el Banco Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) SA.U. (“ICBC”) continuará percibiendo la comisión “mantenimiento de cuenta” en los términos de las comunicaciones A-5460 y 5388 del BCRA, más se compromete a comunicar en los resúmenes de cuenta el valor y cobro de este concepto y a otorgarles a aquellos usuarios con tarjetas de crédito emitidas hasta el mes de septiembre de 2013 (inclusive), sean o no clientes en la actualidad, a quienes se les hubiera cobrado dicha comisión en el resumen de la tarjeta, el BENEFICIO de contar con los servicios de Seguro de Accidentes Personales y Servicios Adicionales consistentes en Asistencia Médico Odontológica, Asistencia al Hogar, Descuentos en Compras en Farmacias y Asistencia por Urgencia Laboral (los cuales se encuentran detallados en los puntos 2.1 y 2.2 del Acuerdo homologado y en el siguiente link). Este BENEFICIO tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de los treinta días hábiles siguientes a que quede firme la homologación del Acuerdo (11/11/2021). Aquel usuario que así lo desee podrá excluirse del mismo enviando dentro de los 90 días corridos de la última publicación de este edicto, un correo electrónico a los siguientes e-mails: [info@aduc.org.ar] y [notificaciones.oficiosjudiciales@icbc.com.ar], manifestando que va a hacer uso del derecho de exclusión. Para consultar el texto del acuerdo ingrese aquí y el de la sentencia homologatoria podrá ser consultado en el siguiente link, como también en www.aduc.org.ar/wpl/. Se deja constancia que la sentencia homologatoria en cuestión hará cosa juzgada para los demandados y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados en el presente Acuerdo, sin perjuicio del derecho que le asiste a quienes deseen apartarse de la solución general adoptada, de efectuar reclamos individuales.

El Juzgado Nacional en lo Comercial n° 1 a cargo del Dr. Aleman, Alberto Daniel JUEZ, Secretaría n° 1, con sede en Av. Roque S. Peña 1211 5º piso (C.A.B.A.), comunica por cinco (5) días a aquellos consumidores y/o usuarios del servicio financiero brindado por el BANCO INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ICBC) que se encuentra en trámite el expediente caratulado "ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) C/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA S/ORDINARIO" (Expte. 7952/2016), proceso colectivo que involucra a quienes se les haya cobrado una comisión por mantenimiento de cuenta aplicada a las cajas de ahorro y a las cuentas corrientes, ofrecidas por el Banco. El proceso colectivo tiene por objeto: 1) el cese del cobro el concepto impugnado, 2) la devolución a los consumidores supra indicados de los conceptos percibidos por la demandada y de cualquier otro que por igual concepto hubieran decidido cobrar ésta, 3) la aplicación al Banco de la multa prevista por el art. 52 bis de la ley 24.240. Se publicita el presente a fin de que aquellos consumidores (clientes y ex clientes de BANCO ICBC S.A.) que se consideren afectados comparezcan a la causa a ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir el último día de publicación edictal, y para que puedan manifestar su deseo de no ser abarcados por la sentencia que pueda dictarse en el presente juicio. Asimismo, se les hace saber que si la sentencia a dictarse denegase el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Finalmente, se les hace saber que podrán consultar el expediente en el Juzgado de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs., o bien comunicarse con la actora ADUC al tel. 5032-2615, via email:
info@aduc.org.ar.

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